Asignación Familiar

    Asignación Familiar: 

  • La asignación familiar es un beneficio que otorga el Estado y se paga a través de entidades de previsión social como las Cajas de Compensación. Consiste en la asignación legal de un monto mensual de dinero que varía de acuerdo al ingreso promedio de la persona a cargo de la subsistencia de su carga familiar.

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    Asignación Maternal: 

  • Es un beneficio que se otorga a los(as) trabajadores(as) dependientes e independientes, afectos al régimen de prestaciones familiares o sus cónyuges embarazadas o personas gestantes que sean causantes de Asignación Familiar.
  • Esta asignación maternal se debe solicitar desde el 5° mes de embarazo presentando formulario de solicitud de Asignación Familiar junto a certificado que acredite el 5° mes de embarazo, emitido por matrón/a o médico tratante. Una vez aprobado será pagado de manera retroactivo por el empleador.

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  • Para la determinación de los tramos de la Asignación Familiar y Maternal del Sistema Único de Prestaciones Familiares, regulada por el D.F.L. N°150, de 1981, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, se entenderá por ingreso mensual el promedio de la remuneración, de la renta del trabajador independiente y/o del subsidio, o de la pensión, en su caso, recibidos por el beneficiario durante el semestre comprendido entre los meses de enero y junio, ambos inclusive, inmediatamente anterior a aquel en que se pague la Asignación Familiar.

    Luego de este proceso, en julio de cada año se debe actualizar el tramo, calculado con el promedio de los ingresos obtenidos entre enero a junio de ese mismo año.

    Para este último proceso, la Superintendencia nos da la instrucción de utilizar las siguientes fuentes de información:

    • Registro de las cotizaciones recibidas por los empleadores.
    • Registro del Ministerio de Desarrollo Social y Familiar (MINDES) u otras fuentes externas.
    • Información que aporta el trabajador.

     

    Luego se comparan las 3 fuentes de información y asignamos el tramo con el promedio de la remuneración, de la renta del trabajador independiente y/o del subsidio, o de la pensión.

    Sin perjuicio de lo anterior expuesto, el trabajador podrá apelar por el nuevo tramo asignado, presentando en sucursal la documentación emitida por las entidades que registran ese ingreso, para su análisis y regularización, en caso de que corresponda.

  • 1.- Si es tu primer ingreso, debes registrar tus datos, firmar contrato de operaciones a distancia y crear una contraseña.

    2.- Una vez activada tu clave debes seleccionar el tipo de solicitud:

    a.- Reconocimiento: Ingresar o renovar una carga familiar o maternal.
    b.- Extinción: Eliminar una carga familiar.
    c.- Modificación: Solicitar la corrección de algún dato erróneo o faltante.

    3.- Ingresar RUT, Nombre y Apellido del causante (carga familiar).

    4.- Ingresar el dato solicitado según el tipo de solicitud:

    a.- Reconocimiento: Seleccionar tipo de causante.
    b.- Extinción: Seleccionar tipo de extinción.
    c.- Modificación: Describir la modificación que se solicita para la carga ingresada.

    5.- Adjuntar documentación necesaria (certificados y/o resoluciones)

    6.- Adjuntar formularios de acreditación o extinción completados y firmados junto con la declaración de renta. Revisa el video a continuación para saber cómo hacerlo.

    7.- Espera la confirmación de tu solicitud por correo electrónico donde se informará plazo de resolución.

    Espera la confirmación de tu solicitud por correo electrónico donde se informará plazo de resolución.

     

    En el siguiente video te explicamos como debes acreditar una carga familiar en Los Héroes por primera vez, completando los 2 formularios principales, formulario de acreditación y declaración jurada de ingresos.

     


  • Estos valores están vigentes desde el 01 de Enero del 2025:

    Tramo Valor Mensual Ingreso Promedio de Rentas.
    A $21.243 Desde $1 hasta $598.698
    B $13.036

    Desde $598.699 hasta $874.460

    C $4.119

    Desde $874.461 hasta $1.363.858

    D $ 0

    Desde $1.363.859 en adelante

     

    De acuerdo a la normativa el monto de Asignación Familiar que debe pagar será el valor del tramo correspondiente completo en el caso de haber trabajado 25 o más días del mes, y en el caso de haber trabajado menos de 25 días el pago debe ser proporcional al valor del tramo correspondiente. Si el trabajador se encuentra con licencia médica el empleador debe pagar la Asignación Familiar de manera completa de acuerdo con el valor del tramo correspondiente.

  • De acuerdo a la normativa de Asignación Familiar establecida en DFL N°150 y en circular N°3844 de la Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO).

    Se debe presentar en la solicitud uno de los siguientes formularios:

    Título Documento
    Solicitud de asignación familiar y maternal
    Solicitud de extinción de asignación familiar

     

    Además, adjuntar la documentación necesaria por cada causante (definida en los cuadros al final de esta página).

    Para determinar el tramo, podemos utilizar la información interna, sin perjuicio de la información que pueda proporcionar el trabajador, por ejemplo, el certificado de cotizaciones o algún documento adicional que demuestre los ingresos percibidos por los periodos necesarios.

     

    CAUSANTE DOCUMENTACIÓN REQUERIDA
    Causante de 18 años y más Deben presentar además de lo que se indica a continuación una declaración jurada de que vive a expensas del beneficiario y que no recibe rentas iguales o superiores al 50% del ingreso mínimo mensual a que se refiere el art.4 de la Ley 18.806 y su soltería cuando corresponda.
    Cónyuge Certificado de matrimonio
    Cónyuge (Inválido) 1.-Certificado de matrimonio
    2.-Resolución de invalidez emitida por la COMPIN correspondiente al domicilio del beneficiario.
    Hijo incluido el adoptado y el hijastro, menor o igual a 18 años 1.- Certificado de nacimiento del causante
    2.- Tratándose de hijastros, deben presentar el certificado de matrimonio del beneficiario.
    Hijo incluido el adoptado y el hijastro, inválido sin límite de edad 1.- Certificado de nacimiento del causante
    2.- Resolución de invalidez emitida por la COMPIN correspondiente al domicilio del causante.
    3.- Tratándose de hijastros, deben presentar el certificado de matrimonio del beneficiario.
    Hijo incluido el adoptado y el hijastro, entre 18 y 24 años (estudiante) 1.- Certificado de nacimiento del causante.
    2.- Certificado de alumno regular, el cual debe ser presentado con la misma periodicidad de los estudios.
    3.- Tratándose de hijastros, deben presentar el certificado de matrimonio del beneficiario.
    Nietos y Bisnietos hasta los 18 años, huérfanos de padre y madre o abandonados por éstos. 1.- Certificado de nacimiento del causante.
    2.- Certificado de nacimiento del padre o madre del menor según corresponda (en caso de los bisnietos se debe agregar el certificado de nacimiento del abuelo o abuela, según corresponda).
    3.- Tratándose de huérfanos, presentar certificado de defunción de ambos padres del menor.
    4.- Tratándose de abandonados, informe emitido por una asistente social que acredite el abandono del menor por parte de los padres.
    Madre viuda 1.- Certificado de nacimiento del beneficiario.
    2.- Certificado de matrimonio de la madre.
    3.- Certificado de defunción del cónyuge de la madre.
    Ascendiente mayor de 65 años 1.- Certificado de nacimiento del beneficiario.
    2.- Certificado de nacimiento del ascendiente que es invocado como causante y el de sus descendientes si el beneficiario es un nieto.
    Ascendiente inválido sin límite de edad 1.- Certificado de nacimiento del beneficiario.
    2.- Resolución de invalidez emitida por la COMPIN correspondiente al domicilio del causante.
    3.- Certificado de nacimiento del ascendiente que es invocado como causante y el de sus descendientes si el beneficiario es un nieto.
    Nietos y Bisnietos huérfanos de padre y madre o abandonados por éstos entre los 18 y 24 años (estudiante). 1.- Certificado de nacimiento del causante.
    2.- Certificado de alumno regular, el cual debe ser presentado con la misma periodicidad de los estudios.
    3.- Certificado de nacimiento del padre o madre del menor según corresponda (en caso de los bisnietos se debe agregar el certificado de nacimiento del abuelo o abuela, según corresponda).
    4.- Tratándose de huérfanos, presentar certificado de defunción de ambos padres del menor.
    5.- Tratándose de abandonados, informe emitido por una asistente social que acredite el abandono del menor por parte de los padres.
    Trabajadora embarazada 1.- Certificado que acredite el 5° mes de embarazo emitido por la matrona o médico tratante del servicio de salud pública.
    Si el certificado es emitido por una Isapre o médico particular deberá ser visado por la COMPIN correspondiente al domicilio del beneficiario.
    Cónyuge embarazada 1.- Certificado de matrimonio.
    2.- Certificado que acredite el 5° mes de embarazo emitido por la matrona o médico tratante del servicio de salud pública.
    Si el certificado es emitido por una Isapre o médico particular deberá ser visado por la COMPIN correspondiente al domicilio del beneficiario.
    Menor a cargo de persona natural en virtud de medidas de protección menor o igual a 18 años de edad. 1.- Certificado de nacimiento del causante.
    2.- Resolución u oficio del Tribunal de Familia que acredite una medida de protección dispuesta por sentencia judicial.
    Menor a cargo de persona natural en virtud de medidas de protección inválido de cualquier edad 1.- Certificado de nacimiento del causante.
    2.- Resolución u oficio del Tribunal de Familia que acredite una medida de protección dispuesta por sentencia judicial.
    3.- Resolución de invalidez emitida por la COMPIN correspondiente al domicilio del causante.
    Menor a cargo de persona natural en virtud de medidas de protección entre 18  y 24 años (Estudiante) 1.- Certificado de nacimiento del causante.
    2.- Resolución u oficio del Tribunal de Familia que acredite una medida de protección dispuesta por sentencia judicial.
    3.- Certificado de alumno regular, el cual debe ser presentado con la misma periodicidad de los estudios.
    Hijo del otro conviviente civil, menor o igual a 18 años 1.- Certificado de nacimiento del causante.
    2.- Certificado de Unión Civil.
    Hijo del otro conviviente civil, entre 18 y 24 años(estudiante) 1.- Certificado de nacimiento del causante.
    2.- Certificado de Unión Civil.
    3.- Certificado de alumno regular, el cual debe ser presentado con la misma periodicidad de los estudios.
    Hijo del otro conviviente civil, inválido sin límite de edad 1.- Certificado de nacimiento del causante.
    2.- Certificado de Unión Civil.
    3.- Resolución de invalidez emitida por la COMPIN correspondiente al domicilio del causante.
    CAUSAL DE EXTINCIÓN DOCUMENTACIÓN REQUERIDA
    Fallecimiento del causante Certificado de defunción del causante
    Fallecimiento del beneficiario Certificado de defunción del beneficiario
    Causante no presenta Certificado de Alumno regular Extinción por proceso automático
    Casuante deja de vivir a expensas del beneficiario Por inicio de relación laboral:
    – Fotocopia del contrato de trabajoPor inicio de la Pensión:
    – Resolución del inicio del pago de estaPor otras causas:
    – Resolución de tribunal de Familia por repudio de paternidad
    – Declaración jurada del beneficiario por separación de hecho o declaración jurada simple del causante o de su madre/padre (no beneficiario) en caso de que sea menor de edad para obtención de beneficio de salud.
    Causante soltero o viudo que pierde dicha calidad por contraer matrimonio Certificado de matrimonio del causante
    Causante conyuge que se divorcia o anula matrimonio con el beneficiario – Certificado Civil de divorcio
    – Certificado Civil de nulidad
    Causante que a pesar de vivir a expensas del beneficiario, recibe ingresos superiores al permitido por el limite legal (igual o mayor al 50% del ingreso minimo), por mas de 3 meses. Extinción por proceso automático
    Causante mayor de 18 años que no estudia o que deja sin efecto declaración de invalidez Causante deja de estudiar:
    – Extinción por proceso automatico
    – Resolución o documento del COMPIN suspendiendo y/o extinguiendo el beneficio
    Beneficiario pierde la calidad de tal por término de la relación laboral y que no percibe el beneficio por cesantía ni pensión Finiquito beneficiario
    Carta aviso por finiquito
    Demanda laboral
    Contrato de trabajo en otra empresa

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Los Héroes, como entidad de previsión social, debe  reconocer y autorizar  los causantes de Asignación Familiar y Maternal de las y los  trabajadores afiliados que pertenecen  a empresas del sector privado.