Estímulo Educación

El beneficio de Estímulo de Educación en Los Héroes CCAF consiste en una ayuda económica de monto único, cuyo objetivo es premiar el esfuerzo y rendimiento de aquellos afiliados/as trabajadores y cargas acreditadas que hubieran cursado estudios de enseñanza básica, media, diferencial, superior, mejor puntaje PAES y mejor egresado en establecimientos de educación reconocido por el Ministerio de Educación.
Postulación disponible desde marzo.
Te invitamos a revisar los requisitos y preparar tu documentación con anticipación.
Enseñanza Básica (1° a 8°)

Nota mínima: 6,0
Documentos a presentar:
- Certificado de Notas, obtenido del Ministerio de Educación (MINEDUC), con el correspondiente código de verificación.
4.500 Cupos Disponibles.
Enseñanza Media (1° a 4°)

Nota mínima: 6,0
Documentos a presentar:
- Certificado de Notas, obtenido del Ministerio de Educación (MINEDUC), con el correspondiente código de verificación.
2.600 Cupos Disponibles.
Educación Diferencial

Documentos a presentar:
- Certificado de Notas, obtenido del Ministerio de Educación (MINEDUC).
- Certificado de declaración de discapacidad entregado por la COMPIN (sólo en casos de Establecimientos de Educación no Diferencial).
Cupos ilimitados.
Mejor Puntaje Nacional (PAES)

Puntaje Nacional, equivalente al máximo de puntuación.
Documentos a presentar:
- Certificado que acredite la condición de Puntaje Nacional(DEMRE).
50 Cupos Disponibles.
Enseñanza Superior (CFT, IP, Universidad)

Nota mínima: 6,0
Documentos a presentar:
- Certificado de notas anual correspondiente al período académico año anterior emitido por institución educacional reconocido por el Ministerio de Educación (MINEDUC).
300 Cupos Disponibles.
Mejor Egresado/a (CFT, IP, Universidad)

1° lugar en el ranking de egreso de su promoción.
Documentos a presentar:
- Certificado de ranking de egreso indicando el 1° lugar de la promoción correspondiente
al período académico año anterior.
50 Cupos Disponibles.
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1.- La asignación de cupos por Estímulo se realizará aplicando un sorteo aleatorio entre aquellos postulantes que cumplan con los requisitos de postulación.
2.- Los afiliados/as y sus respectivas cargas debidamente acreditadas, cada uno de ellos por separado, podrán acceder sólo a uno (1) de los estímulos de educación tipificados en este documento, ya que éstos son excluyentes entre sí. A excepción del Estímulo de Educación Superior, en caso de que el beneficiario haya rendido la PAES y cuente con Puntaje Nacional, podrá postular y resultar adjudicado en ambos beneficios.
3.- La postulación al Estímulo de Educación tendrá vigencia desde el 02 de marzo de 2026 hasta el 31 de marzo de 2026, ambas fechas inclusive.
4.- El derecho a consultar y/o reclamar el Estímulo de Educación, el trabajador/a afiliado/a debe efectuarlo dentro del año calendario, expirado ese periodo se pierde el derecho a cobrar el beneficio.
5.- Los beneficios y valores indicados corresponden al Programa de Prestaciones Adicionales aprobados para el año 2026 rigen desde el 02 de enero al 31 de diciembre del presente año. Siempre y cuando esta última fecha sea día hábil, en caso contrario, serán válidos hasta el último día hábil del año. Los beneficios del Programa de Prestaciones Adicionales se aprueban anualmente y podrán estar afectos a cambios o modificaciones conforme a lo dispuesto en el D.S. 94 de 1978 del Ministerio del Trabajo y Previsión Social e instrucciones de la Superintendencia de Seguridad Social.