Seguro Sonrisa Protegida
Seguro de Vida con Asistencia Dental.
Seguro Sonrisa Protegida
Prima mensual de $5.263 aprox. | 0,1386 U.F.
(*) Valor referencial UF al día 01-11-2024 $37.972,65
Contamos con los siguientes beneficios dentales que puedes utilizar en cualquier sucursal en convenio con Addiuva.
Urgencias:
Inicio del beneficio: 48 horas desde la fecha de contratación para acceder a este beneficio.
Beneficiarios: Cubre al titular y hasta 5 beneficiarios.
Costo en clínicas: $0.
Tope de eventos: Sin limites de eventos anuales.
Para solicitar el servicio de Urgencia, debes coordinar a través del número 226549361.
Prevención:
Inicio del beneficio: 48 horas desde la fecha de contratación para acceder a estos beneficios.
Limpieza Simple:
Beneficiarios: Cubre al titular o un beneficiario.
Costo en clínica: $0.
Tope de eventos: Un evento en el año.
Limpieza Profunda:
Beneficiarios: Cubre al titular o un beneficiario.
Costo en clínica: $14.990 o $9.990 si pagas con Cuenta Los Héroes Prepago.
Tope de eventos: Un evento en el año.
Para solicitar el servicio de Prevención, debes coordinar a través del número 226549361.
Coberturas:
Muerte Accidental $11.391.795* aprox. (300 UF)
Enfermedades Graves para el titular $2.088.496* aprox. (55 UF)
¿Cómo accedo?
Puedes contratarlo en cualquier sucursal de Los Héroes o con el ejecutivo que atiende a tu empresa.
Además, puedes solicitar el contactor telefónico para la contratación, solo debes completar el formulario de contacto.
Descargar el certificado aquí.
Preguntas Frecuentes
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- Ser trabajador/a afiliado a CCAF Los Héroes.
- Ser mayor de 18 años.
- Puede ser contratado hasta los 63 años y 364 días.
- Edad máxima de permanencia hasta los 64 años y 364 días.
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Muerte Accidental:
- Suicidio, cualquiera sea la época en que ocurra o por lesiones inferidas al asegurado por sí mismo o por terceros con su consentimiento.
- La participación del Asegurado en actos temerarios o en cualquier maniobra, experimento, exhibición, desafío o actividad notoriamente peligrosa, entendiendo por tales aquellas donde se pone en grave peligro la vida e integridad física de las personas. Con excepción de la actividad propia del trabajo del asegurado titular.
- Realización o participación en una actividad o deporte riesgoso, considerándose como tales aquellos que objetivamente constituyan una flagrante agravación del riesgo o se requiera de medidas de protección o seguridad para realizarlos. A vía de ejemplo y sin que la enumeración sea taxativa o restrictiva, sino que meramente enunciativa, se considera actividad o deporte riesgoso el manejo de explosivos, minería subterránea, trabajos en altura o líneas de alta tensión, inmersión submarina, piloto civil, paracaidismo, montañismo, alas delta, benji, parapente, carreras de auto y moto, entre otros. Con excepción de la actividad propia del trabajo del asegurado titular.
- La conducción de cualquier vehículo por parte del asegurado, encontrándose éste en estado de ebriedad.
- Viaje o vuelo en vehículo aéreo de cualquier clase, excepto como pasajero en uno operado por una empresa de transporte aéreo comercial, sobre una ruta establecida para el transporte de pasajeros sujeto a itinerario.
- Que el asegurado se encuentre bajo los efectos de drogas o alucinógenos. Estos estados deberán ser calificados por la autoridad competente.
- Tratamientos médicos, fisioterapéuticos, quirúrgicos o anestésicos.
Enfermedades Graves:
- Alcoholismo o drogadicción.
- Cánceres a la piel excepto melanomas malignos.
- Síndrome de Inmuno Deficiencia Adquirida, SIDA.
- Situaciones o enfermedades preexistentes, entendiéndose por tales cualquiera enfermedad, patología, incapacidad, lesión, dolencia, padecimiento o problema de salud en general que afecte al Asegurado y que haya sido conocido o diagnosticado, con anterioridad a la fecha de la contratación de la cobertura de esta Cláusula Adicional.
- Se excluyen, además, la angioplastia, tratamientos por láser y todas las otras técnicas que no requieran la apertura quirúrgica del tórax, así como operaciones de válvulas, operación por tumoración intracardiaca o alteración congénita.
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El plazo para presentar el siniestro en cualquiera sucursal de CCAF Los Héroes deberá ser a la brevedad posible desde la fecha de ocurrencia del siniestro.
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El valor de la prima mensual se descontará de la remuneración, de acuerdo al valor que registre la UF al día de pago.
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La compañía que cubre el riesgo es Seguros de Vida Suramericana S.A. RUT 76.263.414-7. Las coberturas contratadas se encuentran amparadas y depositadas en la CMF bajo el código POL 320130357, CAD 320130290. La información presentada es sólo resumen parcial de las principales características del seguro, cuyas coberturas, condiciones y exclusiones se encuentran en la(s) póliza(s) respectiva(s), debidamente depositada(s) en la CMF.
Vigencia desde: 01 junio de 2023 hasta el 31 de diciembre de 2027. Se deja constancia que Caja Los Héroes no comercializa ni intermedia seguros. Las labores de promoción se encuentran amparadas en el artículo 19 Nº 8 de la Ley 18.833. Los beneficios del programa de prestaciones adicionales del año 2024 se aprueban anualmente y podrán estar afectos a cambios o modificaciones conforme a lo dispuesto en el D.S. 94 de 1978 del Ministerio del Trabajo y Previsión Social e instrucciones de la Superintendencia de Seguridad Social. Las Cajas de Compensación, entidades de seguridad social, son fiscalizadas por la Superintendencia de Seguridad Social (www.suseso.cl).