Bonos en Dinero | Bonos Los Héroes

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Podrán acceder a este plan de beneficios aquellos pensionados que posean la condición de afiliado a Los Héroes tanto a la fecha de ocurrencia del evento o contingencia, como a la fecha en que se presente la solicitud del beneficio,  ambas condiciones  simultáneamente.

 

Natalidad 

Prestaciones adicionales 2024 (1) Requisitos Plazo (3) Valor Beneficio Anual (1)
Bono de Natalidad 

Ayuda económica de monto único por nacimiento de un hijo

Documentos requeridos: 

  • Certificado nacimiento emitido por Registro Civil.
  • Solicitud de Autorización y Pago de Prestación, firmado por pensionado.

Presentar cédula de identidad del afiliado.

120 días desde fecha de evento. $ 18.000
(1) Los beneficios y valores indicados corresponden al Programa de Prestaciones Adicionales aprobados para el año 2024 rigen desde el 01 enero a 31 diciembre del presente año. El plazo para presentar las solicitudes es de 120 días desde la fecha de ocurrencia del evento considera el concepto de días consecutivos.

(2) En forma alternativa el afiliado podrá optar, en reemplazo del Bono otorgado en dinero, por una permanencia de tres (3) noches en una cabaña de Parques Los Héroes – San José de Maipo, San Juan, La Herradura, Parque Chillán y Llanquihue-, caso en el cual los gastos derivados del traslado y la alimentación serán de cargo del propio beneficiario.  Esta opción podrá hacerse efectiva en estadías de Lunes a Jueves, entre los meses de marzo a diciembre; no se podrá acceder a este beneficio cuando existan días feriados dentro del período solicitado.

(3) Los beneficios del Programa de Prestaciones Adicionales se aprueban anualmente y podrán estar afectos a cambios o modificaciones conforme a lo dispuesto en el D.S. 94 de 1978 del Ministerio del Trabajo y Previsión Social e instrucciones de la Superintendencia de Seguridad Social.

Las Cajas de Compensación, entidades de seguridad social, son fiscalizadas por la Superintendencia de Seguridad Social (www.suseso.cl)”

Nupcialidad

 

Prestaciones adicionales 2024 (1) Requisitos Plazo (3) Valor Beneficio Anual (1)
Bono de Nupcialidad

Apoyo económica de monto único por contraer matrimonio.

 Documentos requeridos : 

  • Certificado matrimonio emitido por Registro Civil.
  • Solicitud de Autorización y Pago de Prestación, firmado por pensionado.
  • Presentar cédula de identidad del afiliado.

*Al solicitar este bono, no será posible solicitar un bono de Acuerdo unión civil dentro del mismo año.

120 dias desde fecha de evento. $ 25.000
Bono de Nupcialidad Parques(2)

Beneficio alternativo en reemplazo de apoyo económico por matrimonio o bodas de plata u oro.
Consiste en estadía de tres noches consecutivos en cabañas en Parques Los  Héroes.

Documentos requeridos : 

  • Certificado matrimonio emitido por Registro Civil.
  • Solicitud de Autorización y Pago de Prestación, firmado por pensionado.
  • Presentar cédula de identidad del afiliado.

*Al solicitar este bono, no será posible solicitar un bono de Acuerdo unión civil dentro del mismo año.

120 dias desde fecha de evento. Sin valor económico

 

 

(1) Los beneficios y valores indicados corresponden al Programa de Prestaciones Adicionales aprobados para el año 2024 rigen desde el 01 enero a 31 diciembre del presente año. El plazo para presentar las solicitudes es de 120 días desde la fecha de ocurrencia del evento considera el concepto de días consecutivos.

(2) En forma alternativa el afiliado podrá optar, en reemplazo del Bono otorgado en dinero, por una permanencia de tres (3) noches en una cabaña de Parques Los Héroes – San José de Maipo, San Juan, La Herradura, Parque Chillán y Llanquihue-, caso en el cual los gastos derivados del traslado y la alimentación serán de cargo del propio beneficiario.  Esta opción podrá hacerse efectiva en estadías de Lunes a Jueves, entre los meses de marzo a diciembre; no se podrá acceder a este beneficio cuando existan días feriados dentro del período solicitado.

(3) Los beneficios del Programa de Prestaciones Adicionales se aprueban anualmente y podrán estar afectos a cambios o modificaciones conforme a lo dispuesto en el D.S. 94 de 1978 del Ministerio del Trabajo y Previsión Social e instrucciones de la Superintendencia de Seguridad Social.

Las Cajas de Compensación, entidades de seguridad social, son fiscalizadas por la Superintendencia de Seguridad Social (www.suseso.cl)”

Acuerdo unión civil

Prestaciones adicionales 2024 (1) Requisitos Plazo (3) Valor Beneficio Anual (1)
Bono por Acuerdo de Unión Civil 

Ayuda económica de monto único por celebración de Acuerdo de Unión Civil según Ley Nº 20.830.

 Documentos requeridos : 

  1. Certificado nacimiento emitido por Registro Civil.
  2. Solicitud de Autorización y Pago de Prestación, firmado por pensionado.
  3. Presentar cédula de identidad del afiliado.

​*Al solicitar este bono, no será posible solicitar un bono de Nupcialidad dentro del mismo año.

120 días desde fecha de evento. $ 25.000
Bono Acuerdo Unión Civil Parques(2):

Beneficio alternativo en reemplazo de apoyo económico por Acuerdo de unión civil. Consiste en estadía de tres noches consecutivos en cabañas de Parques Los Héroes. (***)

Documentos requeridos : 

  • Certificado de Acuerdo de Unión Civil, emitido por el Registro Civil.
  • Solicitud de autorización y pago de prestaciones firmada por el pensionado/a.
  • Presentar cédula de identidad del afiliado/a.
120 días desde fecha de evento. Sin valor económico

(1) Los beneficios y valores indicados corresponden al Programa de Prestaciones Adicionales aprobados para el año 2024 rigen desde el 01 enero a 31 diciembre del presente año. El plazo para presentar las solicitudes es de 120 días desde la fecha de ocurrencia del evento considera el concepto de días consecutivos.

(2) En forma alternativa el afiliado podrá optar, en reemplazo del Bono otorgado en dinero, por una permanencia de tres (3) noches en una cabaña de Parques Los Héroes – San José de Maipo, San Juan, La Herradura, Parque Chillán y Llanquihue-, caso en el cual los gastos derivados del traslado y la alimentación serán de cargo del propio beneficiario.  Esta opción podrá hacerse efectiva en estadías de Lunes a Jueves, entre los meses de marzo a diciembre; no se podrá acceder a este beneficio cuando existan días feriados dentro del período solicitado.

(3) Los beneficios del Programa de Prestaciones Adicionales se aprueban anualmente y podrán estar afectos a cambios o modificaciones conforme a lo dispuesto en el D.S. 94 de 1978 del Ministerio del Trabajo y Previsión Social e instrucciones de la Superintendencia de Seguridad Social.

Las Cajas de Compensación, entidades de seguridad social, son fiscalizadas por la Superintendencia de Seguridad Social (www.suseso.cl)”

Aniversario

Prestaciones adicionales 2024 (1) Requisitos Plazo (3) Valor Beneficio Anual (1)
Bono Bodas de plata 

Ayuda económica de monto único por cumplimiento de 25 años de matrimonio.

 Documentos requeridos : 

  1. Certificado matrimonio emitido por Registro Civil que acredite 25 años de matrimonio.
  2. Solicitud de Autorización y Pago de Prestación, firmado por pensionado.
  3. Presentar cédula de identidad del afiliado y conyuge.
120 dias desde fecha de evento. $ 25.000
Bono Bodas de Oro

Ayuda económica de monto único por cumplimiento de 50 años de matrimonio.

Documentos requeridos : 

  1. Certificado matrimonio emitido por Registro Civil que acredite 50 años de matrimonio.
  2. Solicitud de Autorización y Pago de Prestación, firmado por pensionado.
  3. Presentar cédula de identidad del afiliado y conyuge.
120 dias desde fecha de evento. $ 40.000

(1) Los beneficios y valores indicados corresponden al Programa de Prestaciones Adicionales aprobados para el año 2024 rigen desde el 01 enero a 31 diciembre del presente año. El plazo para presentar las solicitudes es de 120 días desde la fecha de ocurrencia del evento considera el concepto de días consecutivos.

(2) En forma alternativa el afiliado podrá optar, en reemplazo del Bono otorgado en dinero, por una permanencia de tres (3) noches en una cabaña de Parques Los Héroes – San José de Maipo, San Juan, La Herradura, Parque Chillán y Llanquihue-, caso en el cual los gastos derivados del traslado y la alimentación serán de cargo del propio beneficiario.  Esta opción podrá hacerse efectiva en estadías de Lunes a Jueves, entre los meses de marzo a diciembre; no se podrá acceder a este beneficio cuando existan días feriados dentro del período solicitado.

(3) Los beneficios del Programa de Prestaciones Adicionales se aprueban anualmente y podrán estar afectos a cambios o modificaciones conforme a lo dispuesto en el D.S. 94 de 1978 del Ministerio del Trabajo y Previsión Social e instrucciones de la Superintendencia de Seguridad Social.

Las Cajas de Compensación, entidades de seguridad social, son fiscalizadas por la Superintendencia de Seguridad Social (www.suseso.cl)”