Seguro Oncológico
Seguro Oncológico
Prima mensual de $3.976* aprox. | 0,1047 U.F.
(*) Valor referencial UF al día 01-11-2024 $37.972,65
Estar protegido es muy importante, por eso tenemos a su disposición un Seguro Oncológico para apoyarlo/a en caso de un imprevisto.
Cobertura:
$1.898.633* aprox. ( 50 UF) de libre disposición en caso de ser diagnosticado por primera vez de una enfermedad oncológica.
No tiene carencias, queda cubierto desde la contratación.
¿Cómo accedo?
Puede contratarlo en cualquier sucursal de Los Héroes ver aquí.
Descargar el certificado ver aquí.
Preguntas Frecuentes
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- Ser afiliado/a CCAF Los Héroes.
- Ser mayor de 18 años.
- Puede ser contratado hasta los 75 años y 364 días.
- Edad máxima de permanencia hasta los 80 años y 364 días.
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- Cáncer cérvico uterino in situ, cualquier clase de cáncer sin invasión e in-situ y cáncer a la piel que no sea melanoma maligno.
- Enfermedades, Dolencias o Situaciones de Salud Preexistentes, es decir, cualquiera enfermedad, incapacidad, lesión o situación de salud que afecte al Asegurado y que haya sido diagnosticada o conocida por el Asegurado con anterioridad a la fecha de contratación del seguro.
Para más información puede revisar en certificado de venta, consultar en nuestras sucursales o llamando a la atención telefónica.
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El plazo para presentar el siniestro en cualquiera sucursal de CCAF Los Héroes es de sesenta (60) días desde el diagnóstico de cáncer.
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El valor de la prima mensual se descontará de la remuneración o pensión, de acuerdo al valor que registre la UF al día de pago.
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La compañía que cubre el riesgo es Seguros de Vida Suramericana S.A. RUT 76.263.414-7. Las coberturas contratadas se encuentran amparadas y depositadas en la CMF bajo el código POL 220131334 Art. 2. La información presentada es sólo resumen parcial de las principales características del seguro, cuyas coberturas, condiciones y exclusiones se encuentran en la(s) póliza(s) respectiva(s), debidamente depositada(s) en la CMF.
Vigencia desde: 01 de agosto de 2022 hasta el 31 de diciembre de 2027. Se deja constancia que Caja Los Héroes no comercializa ni intermedia seguros. Las labores de promoción se encuentran amparadas en el artículo 19 Nº 8 de la Ley 18.833. Los beneficios del programa de prestaciones adicionales del año 2024 se aprueban anualmente y podrán estar afectos a cambios o modificaciones conforme a lo dispuesto en el D.S. 94 de 1978 del Ministerio del Trabajo y Previsión Social e instrucciones de la Superintendencia de Seguridad Social. Las Cajas de Compensación, entidades de seguridad social, son fiscalizadas por la Superintendencia de Seguridad Social (www.suseso.cl).