Seguro de Vida
Seguro de Vida Pensionados
Prima mensual de $1.701* aprox. | 0,0448 U.F.
(*) Valor referencial UF al día 01-11-2024 $37.972,65
En Los Héroes tenemos para usted el Seguro de Vida Pensionado, una ayuda para esos momentos tan complejos.
Coberturas:
Muerte accidental $2.278.359* aprox. (60 UF)
Reembolso de gastos médicos por accidentes hasta $113.918* aprox. (3 UF), 3 eventos en el año.
¿Cómo accedo?
Puede contratarlo en cualquier sucursal de Los Héroes ver aquí.
Descargar el certificado ver aquí.
Preguntas Frecuentes
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- Ser pensionado/a afiliado a CCAF Los Héroes.
- Ser mayor de 18 años.
- Puede ser contratado hasta los 75 años y 364 días.
- Edad máxima de permanencia hasta los 80 años y 364 días.
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Muerte accidental y Reembolsos de Gastos Médicos por Accidente
- Efectos de guerra, declarada o no declarada, invasión, acción de un enemigo extranjero, hostilidades u operaciones bélicas, ya sea con o sin declaración de guerra.
- Peleas o riñas, salvo en aquellos casos en que se establezca judicialmente que se ha tratado de legítima defensa.
- Comisión de actos calificados como delito, así como la participación activa en rebelión, revolución, sublevación, asonadas, motín, conmoción civil, subversión y terrorismo.
- Suicidio, intento de suicidio, o heridas causadas a sí mismo, ya sea estando en su pleno juicio o enajenado mentalmente.
- Prestación de servicios del Asegurado en las Fuerzas Armadas o funciones policiales de cualquier tipo.
- Participación en carreras, apuestas, competencias y desafíos que sean remunerados o sean la ocupación principal del Asegurado.
- Intoxicación o encontrarse el Asegurado en estado de ebriedad, o bajo los efectos de cualquier narcótico a menos que hubiese sido administrado por prescripción médica. Estos estados deberán ser calificados por la autoridad competente.
- Desempeñarse el Asegurado como piloto o tripulante de aviones civiles o comerciales, a menos que expresa y específicamente se prevea y acepte su cobertura por el Asegurador.
- Riesgos nucleares o atómicos.
- Movimientos sísmicos desde el grado 8 inclusive de la escala modificada de Mercalli, determinado por el Servicio Sismológico del Departamento de Geofísica de la Universidad de Chile, o del servicio que en el futuro lo reemplace.
- Anomalías congénitas, y los trastornos que sobrevengan por tales anomalías o se relacionen con ellas.
- Infecciones bacterianas, excepto las infecciones piogénicas que sean consecuencia de una herida, cortadura o amputación accidental.
- Hernias y sus consecuencias, sea cual fuere la causa de que provengan.
- Tratamientos médicos o quirúrgicos distintos de los necesarios a consecuencia de lesiones cubiertas por esta póliza.
- Hospitalización a consecuencia de embarazo o maternidad, alumbramiento o la pérdida que resulte del mismo.
- Exámenes médicos de rutina.
- Cirugía plástica o cosmética.
- Cualquier tipo de enfermedad mental o nerviosa.
- Curas de reposo.
- Una infección oportunística, o un neoplasma maligno, si al momento de la muerte o enfermedad el asegurado sufría del Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida. Con tal propósito, se entenderá por:
“Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida”, lo definido para tal efecto por la Organización Mundial de la Salud. Copia de dicha definición está archivada en las oficinas principales de la Compañía en Santiago, Chile.
– Infección Oportunística incluye, pero no debe limitarse a Neumonía causada por Pneumocystis Carinii, Organismo de Enteritis Crónica, Infección Vírica o Infección Micobacteriana Diseminada.
– Neoplasma Maligno incluye, pero no debe limitarse al Sarcoma de Kaposi, al Linfoma del Sistema Nervioso Central o a otras afecciones malignas ya conocidas o que puedan conocerse como causas inmediatas de muerte en presencia de una inmunodeficiencia adquirida.
– Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida debe incluir Encefalopatía (demencia) de V.I.H. (Virus de Inmunodeficiencia Humano) y Síndrome de Desgaste por V.I.H. (Virus de Inmunodeficiencia Humano).
s. Tratamiento o cirugía dental, excepto a dientes naturales sanos, ocasionados por una lesión accidental.
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El plazo para presentar el siniestro en cualquiera sucursal de CCAF Los Héroes deberá ser a la brevedad posible desde la fecha de ocurrencia del siniestro.
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El valor de la prima mensual se descontará de la pensión, de acuerdo al valor que registre la UF al día de pago.
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La compañía que cubre el riesgo es Seguros de Vida Suramericana S.A. RUT 76.263.414-7. Las coberturas contratadas se encuentran amparadas y depositadas en la CMF bajo el código POL 320130357 letra A y letra D. La información presentada es sólo resumen parcial de las principales características del seguro, cuyas coberturas, condiciones y exclusiones se encuentran en la(s) póliza(s) respectiva(s), debidamente depositada(s) en la CMF.
Vigencia desde: 01 de agosto de 2022 hasta el 31 de diciembre de 2027. Se deja constancia que Caja Los Héroes no comercializa ni intermedia seguros. Las labores de promoción se encuentran amparadas en el artículo 19 Nº 8 de la Ley 18.833. Los beneficios del programa de prestaciones adicionales del año 2024 se aprueban anualmente y podrán estar afectos a cambios o modificaciones conforme a lo dispuesto en el D.S. 94 de 1978 del Ministerio del Trabajo y Previsión Social e instrucciones de la Superintendencia de Seguridad Social. Las Cajas de Compensación, entidades de seguridad social, son fiscalizadas por la Superintendencia de Seguridad Social (www.suseso.cl).