Crédito Más Salud
Crédito Más Salud
Puede utilizar el Crédito Más Salud en la red de Farmacias Ahumada.
Solicite pagar con su Crédito Más Salud presentando su cédula de identidad y sus compras serán descontadas desde su liquidación en 3 cuotas.
Monto | Valor Cuota (2) | Cae (3) | Costo Total del Crédito (4) |
$30.000 | $10.099 | 3,93% | $30.297 |
Fecha de simulación: 04 de noviembre de 2024.
¿En qué consiste?
Es un apoyo a nuestros afiliados pensionados que les permite financiar sus compras en farmacias en convenio.
¿Cómo se solicita?
1.- Cuando esté en el centro médico o en las farmacias, solicita el pago a través de tu Crédito Más Salud.
2.- Podrá financiar sus Compras en Farmacias Ahumada.
3.- El Monto que use del Crédito Más Salud Los Héroes se descontará de tu liquidación en 3 cuotas.
¡ÚSELO CUANDO USTED QUIERA!
Siempre sea responsable de su endeudamiento
* El beneficio le permite realizar compras en farmacias a través de un Crédito Social otorgado por Los Héroes CCAF, el que será destinado íntegramente a efectuar tales pagos, no considerando la entrega de su monto al afiliado sino que directamente a la farmacia .
(1) Otorgamiento del crédito sujeto a evaluación crediticia, límites legales y confirmación de antecedentes de acuerdo con políticas vigentes de Los Héroes. (En algunos casos) Podrán solicitarse avales u otras garantías. El monto mínimo de la compra es de $3.000 y el monto máximo que se puede obtener es de $30.000. Montos calculados con tasa de interés del 0% simulación con fecha 04 de noviembre de 2024.
(2) Valor cuota mensual incluye seguro de desgravamen e incapacidad total y permanente 2/3 bajo las condiciones generales POL 2 2013 0095 y CAD 2 2013 0151 que están disponible en la CMF. Las condiciones particulares se encuentran en la póliza N° 50793. La compañía que cubre el riesgo es Seguros de Vida Suramericana S.A.
(3) Carga Anual Equivalente: Indicador expresado en porcentaje (%) que revela el costo real para el cliente de un crédito en un período anual.
(4) Costo Total del Crédito: Corresponde a la suma de todas las cuotas en función del plazo establecido.
INFORMA HONORARIOS Y GASTO DE COBRANZA
Señor (a), le informamos que Los Héroes CCAF, se encuentra facultada, para el caso de mora en el cumplimiento de las obligaciones por un plazo superior a 20 días corridos, a cobrar los siguientes honorarios o gastos de cobranza extrajudicial:
Valor cuota o capital adeudado | Honorarios de cobranza |
Hasta 10 U.F. | 9% |
Mayor a 10 U.F. y menor o igual a 50 U.F. | 6% |
Mayor a 50 U.F. | 3% |
De conformidad a la ley 19.496, Los Héroes CCAF podrá efectuar las gestiones de cobranza directamente o mediante las empresas de cobranza externas contratadas para ello, cuya nomina se encuentra publicada en nuestra página web y puede variar periódicamente. Las gestiones podrán efectuarse mediante llamados telefónicas, cartas, visitas, correos electrónicos u otros medios, estando facultada Los Héroes CCAF y/o las empresas externas para definir libremente la mejor forma de desarrollar las gestiones de cobranza.
Las empresas externas que podrán efectuar las gestiones de cobranza serán: Cobratel S.P.A., Cobranzas Orsan Sociedad Anónima, Plus Consulting Servicios de Cobranza S. A., Servicio Comerciales S.A. Servicios De Control de Créditos S. A., Back Office S.A., Recaudadora S.A., Servicios Integrales De Cobranza y Correspondencia Limitada, las que podrán variar en forma periódica.
Las gestiones de cobranza podrán llevarse a cabo en días hábiles (de lunes a sábado), entre las 8:00 y las 20:00 horas.
Conforme a lo establecido en la Ley N° 19.628 sobre Protección de Datos de Carácter Personal, Los Héroes CCAF podrá entregar a las empresas de cobranza y a otros bancos de datos personales, toda la información referida a obligaciones morosos incluyendo la información del deudor y avales y cotas morosas, saldos adeudados, etc.
En caso de cobranza judicial, los costos de la misma serán de cargo del cliente y comprenderán honorarios que serán entre el 10% y el 15% de lo demandado, más los gastos judiciales. Los Héroes CCAF y/o las empresas de cobranza podrán, además, efectuar sus gestiones mediante llamados telefónicas, cartas, visitas u otros medios que la ley permita y en los horarios establecido en la ley 19.496, con el objeto de obtener el recupero de lo demandado judicialmente.
La Tasa de interés moratoria en caso de incumplimiento, será la máxima convencional correspondiente al respectivo período de mora.