Cotizaciones Previsionales

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De acuerdo con la Ley N°21.722, que aprobó el Presupuesto del Sector Público para el año 2025 e instrucciones de la Superintendencia de Seguridad Social mediante circular N°3857 del 5 de febrero 2025, se introdujo una modificación en la distribución de la tasa de cotización del 7% para salud de los trabajadores afiliados a FONASA y que se encuentren adscritos a una Caja de Compensación. En efecto, a partir del proceso de declaración y pago de las cotizaciones correspondientes a las remuneraciones pagadas en el mes de febrero de 2025, el que debe realizarse en el mes de marzo, la distribución del 7% obligatorio para salud será de un 1,8% de cotización para FONASA y de un 5,2% de cotización para la Caja de Compensación de que se trate.

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Es importante señalar que este cambio del porcentaje de cotización no representa un aumento de la cotización obligatoria para salud de los trabajadores afiliados a FONASA, sino que sólo corresponde a una redistribución de la misma y está orientado exclusivamente al pago de licencias médicas.

Conoce los cambios en el pago de cotizaciones de salud para las remuneraciones de febrero 2025 en el siguiente documento.

  Circular 3857