Seguro Vida Pensionado

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Seguro Vida Pensionado

Es un beneficio orientado a nuestros(as) afiliados(as) Pensionados(as), que tiene por objetivo brindar protección económica a ellos y sus familias ante muerte accidental, el cual además cubre reembolso de gastos médicos por accidente.

Muerte Accidental

60 UF

$2.162.182* aproximadamente.

 

Reembolso de Gastos Médicos por Accidente

3 UF ( 3 evento al año)

$108.109* aproximadamente.

(*) Valor referencial UF al día 01-06-2023 $36.036,37 apx.

Prima Mensual de 0,0448 UF

$1.614* Aproximadamente

(*) Valor referencial UF al día 01-06-2023 $36.036,37 apx.

Valor que se descuenta mensualmente desde la pensión del afiliado.

¿Cómo y dónde denuncio un siniestro?
En caso de algún siniestro, debe denunciar a la brevedad posible desde ocurrido el siniestro, y presentar la documentación en cualquier sucursal de Los Héroes CCAF.¿Cuáles son los documentos a presentar en caso de siniestro?
Documentación para presentar en el caso de siniestro:
Muerte accidental
1.- Certificado de defunción con causa de muerte.
2.- Parte Policial
3.- Informe Alcoholemia
4.- Informe de autopsia
5.- Examen toxicológico (Si existiera).Cobertura Reembolso de Gastos Médico por Accidente
1.- Fotocopia de la Célula de Identidad por ambos lados.
2.- Las boletas o facturas originales que comprueben los gastos efectuados o de los documentos comprobatorios de los beneficios ya recibidos y del real gasto incurrido por el Asegurado..De acuerdo con lo instruido por la Circular Nº1935 emitida por la Comisión del Mercado Financiero, se informa que, para la cobertura de Reembolso de Gastos Médicos por Accidente, el plazo de aviso del siniestro se contará desde la fecha de emisión del documento que da cuenta del gasto de cargo del Asegurado cuyo reembolso se requiera, independiente de la fecha de la prestación que lo origina. No obstante, lo anterior, la Compañía se reserva el derecho de solicitar mayores antecedentes si fuera necesario para la liquidación del siniestro.¿Cuáles son los plazos involucrados para la denuncia de un siniestro?
La denuncia de un siniestro y de la presentación de la documentación, deberá ser de 60 días para la cobertura de Muerte Accidental, y de 90 días para la cobertura de Reembolso de gastos médico por Accidente, desde la fecha de ocurrencia del siniestro.¿Cuáles son los plazos involucrados para el pago de un siniestro?
El plazo de liquidación de los siniestros será de 10 días hábiles, contados desde la recepción total de los antecedentes del siniestro.

¿Cómo lo contrato?
Como es un plan que beneficia exclusivamente a los pensionados afiliados a la caja, este Seguro de Vida se puede contratar en cualquier sucursal de Los Héroes CCAF¿Cuáles son los requisitos para contratar el seguro?
– Ser pensionado afiliado a Los Héroes CCAF
– Edad mínima de Ingreso: 18 años.
– Edad máxima de Ingreso: 75 años y 364 días.
– Edad máxima de Permanencia: 80 años y 364 días. ¿Qué no me cubre este seguro? (Exclusiones)a) Efectos de guerra, declarada o no declarada, invasión, acción de un enemigo extranjero, hostilidades u operaciones bélicas, ya sea con o sin declaración de guerra, así como tampoco ningún ejercicio o práctica de guerra.
b) Peleas o riñas, salvo en aquellos casos en que se establezca judicialmente que se ha tratado de legítima defensa.
c) Comisión de actos que puedan ser calificados como delito, así como la participación activa en rebelión, revolución, sublevación, asonadas, motín, conmoción civil, subversión y terrorismo.
d) Suicidio, intento de suicidio, o heridas auto infligidas, ya sea que el asegurado haya estado en su pleno juicio o enajenado mentalmente.
e) Prestación de servicios del asegurado en las Fuerzas Armadas o funciones policiales de cualquier tipo. Para todos los efectos de esta póliza las funciones de policía incluyen además las funciones de policía civil y gendarmería.
f) Participación en carreras, apuestas, competencias y desafíos que sean remunerados o sean la ocupación principal del asegurado.
g) Intoxicación o encontrarse el asegurado bajo los efectos de cualquier narcótico o droga a menos que hubiese sido administrado por prescripción médica. Dicha circunstancia se acreditará mediante la documentación expedida por los organismos correspondientes.
h) La conducción de cualquier vehículo por parte del asegurado, encontrándose éste en estado de ebriedad, conforme a los límites establecidos en la normativa vigente a la fecha del siniestro. Dicha circunstancia se acreditará mediante la documentación expedida por los organismos correspondientes.
i) Negligencia o imprudencia o culpa grave del asegurado.
j) Realización o participación en una actividad o deporte riesgoso, considerándose como tales aquellos que objetivamente constituyan una flagrante agravación del riesgo o se requiera de medidas de protección o seguridad para realizarlos. A vía de ejemplo y sin que la enumeración sea taxativa o restrictiva, sino que meramente enunciativa, se considera actividad o deporte riesgoso el manejo de explosivos, minería subterránea, trabajos en altura o líneas de alta tensión, inmersión submarina, piloto civil, paracaidismo, montañismo, alas delta, benji, parapente, carreras de auto y moto, entre otros.
k) Realización de una actividad o deporte que las partes hayan acordado excluir de la cobertura, al no aceptar el asegurado un recargo en las primas y el correspondiente aumento de los costos de cobertura asociados. De dicha exclusión deberá dejarse constancia detallada en las condiciones particulares de la póliza.
l) Desempeñarse el asegurado como piloto o tripulante de aviones comerciales a menos que expresa y específicamente se prevea y acepte su cobertura por la compañía aseguradora.
m) Riesgos nucleares o atómicos.
n) Movimientos sísmicos desde el grado 8 inclusive en la escala de Mercalli, determinado por el Servicio Sismológico del Departamento de Centro Sismológico Nacional o del servicio que en el futuro lo reemplace.
o) Viaje o vuelo en vehículo aéreo de cualquier clase, excepto como pasajero en uno sujeto a itinerario, operado por una empresa de transporte aéreo comercial, sobre una ruta establecida para el transporte de pasajeros.
p) Quemaduras resultantes de la exposición al sol o del uso de lámparas o de rayos ultravioletas para fines estéticos.
q) Fractura de Huesos producida como consecuencia directa e inmediata de osteoporosis. ¿Tiene período de carencia?
No, las coberturas detalladas rigen a contar de la suscripción del seguro.

¿Cómo lo contrato?
Ya que es un plan que beneficia exclusivamente a los pensionados afiliados a la caja, este Seguro se puede contratar en cualquier sucursal de Los Héroes CCAF.

 

La compañía que cubre el riesgo es Seguros de Vida Suramericana S.A. RUT 76.263.414-7. Las coberturas contratadas se encuentran amparadas y depositadas en la CMF bajo el código POL 2 2013 1334. La información presentada es sólo resumen parcial de las principales características del seguro, cuyas coberturas, condiciones y exclusiones se encuentran en la(s) póliza(s) respectiva(s), debidamente depositada(s) en la CMF.

Vigencia desde: 01 de agosto de 2022 hasta el 31 de diciembre de 2027. El seguro terminará al vencimiento del plazo establecido en la póliza, por el cumplimiento de la edad máxima de permanencia indicada en la póliza o por la pérdida de la calidad de asegurado de conformidad a lo establecido en las condiciones particulares. Se deja constancia que Caja Los Héroes no comercializa ni intermedia seguros. Las labores de promoción se encuentran amparadas en el artículo 19 Nº 8 de la Ley 18.833. Los beneficios del programa de prestaciones adicionales del año 2022 se aprueban anualmente y podrán estar afectos a cambios o modificaciones conforme a lo dispuesto en el D.S. 94 de 1978 del Ministerio del Trabajo y Previsión Social e instrucciones de la Superintendencia de Seguridad Social. Las Cajas de Compensación, entidades de seguridad social, son fiscalizadas por la Superintendencia de Seguridad Social (www.suseso.cl).